{"id":167,"date":"2024-11-19T00:51:52","date_gmt":"2024-11-19T00:51:52","guid":{"rendered":"https:\/\/ayudahonorarios.cl\/?p=167"},"modified":"2024-11-19T00:51:53","modified_gmt":"2024-11-19T00:51:53","slug":"corte-suprema-ordeno-el-pago-de-las-cotizaciones-derivadas-del-seguro-de-cesantia-del-trabajador-a-honorarios","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/ayudahonorarios.cl\/index.php\/2024\/11\/19\/corte-suprema-ordeno-el-pago-de-las-cotizaciones-derivadas-del-seguro-de-cesantia-del-trabajador-a-honorarios\/","title":{"rendered":"Corte Suprema orden\u00f3 el pago de las cotizaciones derivadas del seguro de cesant\u00eda del trabajador a honorarios"},"content":{"rendered":"\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El pasado 12 de septiembre la Cuarta Sala de la Corte Suprema en causa rol N\u00b0 239.428-2023 acogi\u00f3 el recurso de unificaci\u00f3n de jurisprudencia deducido respecto de la sentencia de 29 de septiembre de 2023, dictada por la Corte de Apelaciones de Chill\u00e1n, que acogi\u00f3 el recurso de nulidad interpuesto en contra de la sentencia de 10 de mayo de 2023, emanada del Juzgado de Letras del Trabajo de Chill\u00e1n, y declar\u00f3 nula dicha sentencia, dictando una de reemplazo en la cual rechaz\u00f3 la pretensi\u00f3n de condenar a la demandada al pago de las cotizaciones previsionales durante el tiempo en que se extendi\u00f3 la relaci\u00f3n laboral, salvo en lo relativo a las cotizaciones derivadas del seguro de cesant\u00eda desde el 10 de marzo de 2021 al 31 de marzo de 2022, por el 3% de la remuneraci\u00f3n imponible, que devengar\u00e1 los reajustes que ordena el art\u00edculo 11 de la Ley N\u00b0 19.728, calculados desde la \u00e9poca y en los t\u00e9rminos que indican, e intereses a determinar conforme lo dispone el art\u00edculo 63 del C\u00f3digo del Trabajo, y \u00fanicamente desde la \u00e9poca en que esta sentencia quede ejecutoriada, sin considerar la aplicaci\u00f3n de multas.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Cabe tener presente que el Juzgado de Letras del Trabajo de Chill\u00e1n, en sentencia de 10 de mayo de 2023 rechaz\u00f3 la denuncia por vulneraci\u00f3n de derechos fundamentales y la demanda subsidiaria de despido injustificado, nulidad del despido y cobro de prestaciones interpuesta un particular en contra de la Delegaci\u00f3n Presidencial Regional de \u00d1uble.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La parte demandante dedujo recurso de nulidad y la Corte de Apelaciones de Chill\u00e1n, por resoluci\u00f3n de 29 septiembre de 2023, lo acogi\u00f3, e hizo lugar a la demanda por despido injustificado, declarando la existencia de una relaci\u00f3n laboral entre las partes desde el 10 de marzo de 2021 hasta el 31 de marzo de 2022, condenando a la demandada a las indemnizaciones derivadas de la declaraci\u00f3n de despido injustificado, al pago del feriado, lucro cesante y el entero de las cotizaciones previsionales y de seguridad social durante el tiempo en que se extendi\u00f3 la relaci\u00f3n laboral, con los reajustes e intereses que establecen los art\u00edculos 63 y 173 del C\u00f3digo del Trabajo.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Respecto de dicho pronunciamiento la parte demandada interpuso recurso de unificaci\u00f3n de jurisprudencia, se\u00f1alando como materias de derecho a unificar: \u201c1) Determinar la procedencia del pago de cotizaciones previsionales, respecto de personas que han prestado servicios para el Estado en base a contratos a honorarios, cuando se estableci\u00f3 la obligaci\u00f3n del actor de enterar las cotizaciones directamente en los organismos pertinentes, en concordancia con lo establecido en el t\u00edtulo IV de la Ley N\u00ba 20.255 al momento de la dictaci\u00f3n de la sentencia. 2) Determinar la obligaci\u00f3n del Fisco de Chile de enterar las cotizaciones de salud respecto de una persona con la que existi\u00f3 una vinculaci\u00f3n en base a honorarios y que es calificada como relaci\u00f3n laboral s\u00f3lo a ra\u00edz de la dictaci\u00f3n de una sentencia de la I. Corte de Apelaciones que acoge parcialmente el recurso de nulidad de la demandante. 3) Determinar la procedencia de condenar al Fisco de Chile al pago de toda multa, intereses penales y reajustes previos a que la sentencia que declara la relaci\u00f3n laboral se encuentre firme y ejecutoriada, todo respecto al no pago de cotizaciones de seguridad social\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La Corte Suprema acogi\u00f3 el recurso de unificaci\u00f3n en los t\u00e9rminos antes expuestos, se\u00f1alando que la regla en materia de cotizaciones de seguridad social, esto es, previsionales, de cesant\u00eda y de salud, es la vigencia de la obligaci\u00f3n de pago por parte del empleador, salvo que trat\u00e1ndose de contrataciones originadas en un contrato de prestaci\u00f3n de servicios suscrito con un \u00f3rgano de la Administraci\u00f3n del Estado, amparado en origen por la presunci\u00f3n de legalidad y en que el prestador de servicios tuvo durante su vigencia la apariencia de trabajador independiente, las partes hayan hecho de su cargo el cumplimiento de la obligaci\u00f3n o, sin tal pacto, que \u00e9ste las haya enterado directamente, sea en forma total o parcial. Agreg\u00f3 que a prop\u00f3sito de la aplicaci\u00f3n a este tipo de casos de la instituci\u00f3n consagrada en el inciso quinto del art\u00edculo 162 del C\u00f3digo del Trabajo se ha reconocido que los \u00f3rganos de la Administraci\u00f3n del Estado no pod\u00edan, de acuerdo a la normativa y las reglas presupuestarias que los rigen, pagar libremente las cotizaciones de sus prestadores de servicios a honorarios durante la vigencia del v\u00ednculo, requiriendo para convalidar el despido, una vez calificada tal relaci\u00f3n como laboral, de un pronunciamiento judicial condenatorio, estando, en definitiva, de buena fe y amparados por la antes mencionada presunci\u00f3n de legalidad, debe concluirse que no puede ten\u00e9rseles como deudor en mora o incumplidor para estos efectos, puesto que resultar\u00eda contradictorio no sancionarlos con la declaraci\u00f3n de nulidad del despido, para luego imponerles multas e intereses penales.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En materia de cotizaciones de seguro de cesant\u00eda se\u00f1al\u00f3 que debe efectuarse una prevenci\u00f3n adicional, dado que su financiamiento, a diferencia de lo que ocurre en cuanto a previsi\u00f3n y salud, es tripartito, conform\u00e1ndose por aportes del trabajador, del empleador y del Estado. En el caso del trabajador que no registra pago de estas cotizaciones durante la vigencia del contrato, sea efectuado por \u00e9l o por su empleador, se declarar\u00e1 que \u00e9ste debe solucionarlas, incluyendo tanto el porcentaje que es de su cargo como aquel que debi\u00f3 descontar oportunamente de la remuneraci\u00f3n del trabajador, dado que la legislaci\u00f3n obliga que ambas fracciones de la cotizaci\u00f3n sean solucionadas durante la vigencia de la relaci\u00f3n laboral, lo que en la especie no fue cumplido. Por otra parte, de ordenarse el cumplimiento parcial de la obligaci\u00f3n, limitado \u00fanicamente al porcentaje financiado por el empleador, se estar\u00edan perjudicando las futuras prestaciones a las que el trabajador pueda acceder con cargo a estos pagos, razonamientos que conducen a modificar lo que, en el \u00faltimo tiempo se hab\u00eda decidido a este respecto.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Agreg\u00f3 que la relaci\u00f3n laboral se desarroll\u00f3 entre el 10 de marzo de 2021 y el 31 de marzo de 2022, siendo formalizada a trav\u00e9s de dos contratos de prestaci\u00f3n de servicios a honorarios, en los que se incorpor\u00f3 una cl\u00e1usula contractual por la que el demandante se obligaba a pagar sus cotizaciones previsionales y de salud, por consiguiente, resulta improcedente ordenar el pago de las cotizaciones de seguridad social; y, en lo que ata\u00f1e a seguro de cesant\u00eda, era pertinente hacer lugar al entero de las cotizaciones devengadas durante toda la vigencia del v\u00ednculo. Y, por \u00faltimo, en cuanto al pago de reajustes, intereses y multas, se dispondr\u00e1 la soluci\u00f3n de los dos primeros conceptos y el rechazo a la imposici\u00f3n de multas, de acuerdo a los fundamentos expuestos.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El pasado 12 de septiembre la Cuarta Sala de la Corte Suprema en causa rol N\u00b0 239.428-2023 acogi\u00f3 el recurso de unificaci\u00f3n de jurisprudencia deducido respecto de la sentencia de 29 de septiembre de 2023, dictada por la Corte de Apelaciones de Chill\u00e1n, que acogi\u00f3 el recurso de nulidad interpuesto en contra de la sentencia [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":168,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_et_pb_use_builder":"off","_et_pb_old_content":"","_et_gb_content_width":"","footnotes":""},"categories":[8],"tags":[],"class_list":["post-167","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-blog"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/ayudahonorarios.cl\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/167","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/ayudahonorarios.cl\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/ayudahonorarios.cl\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/ayudahonorarios.cl\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/ayudahonorarios.cl\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=167"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/ayudahonorarios.cl\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/167\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":169,"href":"https:\/\/ayudahonorarios.cl\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/167\/revisions\/169"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/ayudahonorarios.cl\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media\/168"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/ayudahonorarios.cl\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=167"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/ayudahonorarios.cl\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=167"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/ayudahonorarios.cl\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=167"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}